Hoy en día, cualquier contrato de compraventa (casa, coche, lavadora…), cualquier financiación, nuestro documento de identidad, o la apertura de una cuenta requiere de nuestra firma para acreditar su validez jurídica.
Empecemos por el principio…
Qué es la «Firma»:
La RAE la define como “el nombre y apellidos escritos por una persona de su propia mano en un documento, con o sin rúbrica, para darle autenticidad o mostrar la aprobación de su contenido; o el rasgo o conjunto de rasgos, realizados siempre de la misma manera, que identifican a una persona y sustituyen a su nombre y apellidos para aprobar o dar autenticidad a un documento”.
En la Edad Media reyes y gobernantes ratificaban sus edictos, decretos, etc usando la impresión de sus anillos en los documentos o plasmaban troqueles con sus blasones, posteriormente en abadías y monasterios los monjes generalizaron el uso de la firma.
En la actualidad todo dio un vuelco en los años 90, la Unión Europea comienza a ser consciente de que debe mejorar la relación entre el ciudadano y la Administración Pública y dedica todos sus esfuerzos a digitalizar las tramitaciones, nacen entonces los primeros reglamentos para legislar el uso de los nuevos tipos de firma que ya iban surgiendo en los diferentes países europeos, sobre todo en el entorno bancario